Es la quinta ley económica urgente del actual gobierno. La Asamblea tendrá 30 días para tramitarla. Entre los objetivos principales están la eliminación de impuestos para grandes conciertos y eventos; además de fortalecer la promoción turística.
La tarde de este viernes 23 de febrero de 2024, el presidente de la República, Daniel Noboa, envió la ley económica urgente para el fortalecimiento de las actividades turísticas y el fomento del empleo a la Asamblea.
El envío de esta ley económica urgente ya fue anunciado dos días antes por el ministro de Turismo, Niels Olsen.
Dentro de la normativa se incluye la eliminación de impuestos excesivos a festivales y conciertos para, a criterio de Olsen, poner a Ecuador en la ruta de todas las giras mundiales.
«Esta es una de las noticias más importantes para la industria de espectáculos y el turismo nacional. Con la nueva ley económica urgente de turismo, reduciremos los impuestos a todos los organizadores de eventos para convertir a Ecuador en un país más atractivo para los shows más grandes del mundo«, dijo ministro Olsen a través de un video publicado el pasado 21 de febrero.
Por ejemplo, se propone crear un Fondo de Promoción como lo tienen en Perú, Colombia, Costa Rica y Chile.
El Fondo de Promoción es una especie de fideicomiso que se alimenta de las tasas que la industria del turismo cobra. Por ejemplo, están las tasas eco delta y potencia turística (pasajes aéreos) que alrededor son alrededor de $70 millones anuales.
Esas tasas fueron creadas para la promoción y desarrollo turístico, pero el Ministerio de Turismo solo recibe entre $5 y $8 millones. A través de la ley, estamos proponiendo que el fondo se alimente del 100% del dinero recaudado y poder competir con otros países que tiene un presupuesto de promoción de $60 millones al año.
Asimismo, Olsen explicó que en otros países, la ley permite a un conductor, que tiene licencia de guía, llevar hasta tres pasajeros en un vehículo; pero en el Ecuador, así se tenga que transportar a un turista, está obligado a hacerlo con un conductor y además con un guía.
«Esto vuelve el producto bastante caro y poco competitivo. En la ley apuntamos a resolver esto», dijo Olsen
Otro punto importante es la eliminación del 5% de recargo al combustible para las aerolíneas. «Somos el único país de toda la región que cobra ese recargo del 5%, lo cual es absurdo y vuelve a nuestra industria poco competitiva», añadió el ministro.
En la primera ley económica de Noboa, que se aprobó en la Asamblea en diciembre de 2023, se incluyeron algunas artículos que inicialmente iban a estar en la ley urgente de turismo. Esos artículos tiene que ver con que inversiones superiores a los $100.000 estén exoneradas del impuesto a la renta por 7 años dentro del sector turístico.
Desde el 23 de noviembre de 2023, cuando asumió el poder, Noboa ha enviado cinco leyes económicas urgentes a la Asamblea, sumando la nueva iniciativa para impulsar al sector turístico.
El proyecto de Ley consta de 20 artículos y dos disposiciones transitorias. Además, contiene reformas a varios cuerpos legales.
Entre algunas de las propuestas que contempla la normativa están:
1.- Recursos para actividades, programas y proyectos destinados a la promoción, competitividad y desarrollo turístico. El proyecto de Ley agrega un inciso final al artículo 39 de la Ley de Turismo vigente, por el cual el ente rector de las finanzas públicas garantizará las asignaciones presupuestarias necesarias para la ejecución de actividades, programas y proyectos destinados a la promoción, competitividad y desarrollo turístico.
2.- Reducción del impuesto de salida de divisas (ISD) para aerolíneas nacionales e internacionales. Para mejorar la competitividad aérea en el país es necesario, que el Ecuador cuente con la reducción al 0 % del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) a aerolíneas nacionales e internacionales.
Se asegura que esta es una oportunidad para fortalecer la competitividad y tendrá como resultado
a corto y mediano plazo la reducción del costo de los pasajes aéreos.
3.- Reformas a la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación. Se prevé la inclusión de la Autoridad Nacional de Turismo en el Consejo Nacional de Emprendimiento e Innovación con la finalidad de promover que las políticas, programas y proyectos que se desarrollan dentro de este órgano tengan la finalidad de impulsar y fortalecer el emprendimiento, innovación y empleabilidad.
«Esto permitirá que el sector turístico nacional se fortalezca con iniciativas que impulsen el emprendimiento especializado», asegura un comunicado oficial de la presidencia de la República.
4.- Reforma al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. Se propone la posibilidad de exoneraciones de tributos y de otro orden, por parte de los GAD, que sean afines a los proyectos turísticos.
Con ello, se complementará el incentivo a la inversión y reinversión en el sector. Además, se reconoce la autonomía para establecer incentivos adicionales, permitiendo adaptar estrategias al potencial turístico específico de cada región.
5.- Reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Se incorpora el artículo que dispone que todo transporte público deberá contar con un sistema digital y/o satelital de seguimiento y
control para la seguridad de los pasajeros, a costa del dueño del título habilitante.
Estos sistemas estarán interoperados con el sistema de seguridad del ECU 911.
6.- Reforma al Código Orgánico del Ambiente. La normativa plantea contar con el apoyo del sector privado que, cumpliendo con la normativa dispuesta en este proyecto de ley y demás regulación secundaria, podrán realizar
inversiones calificadas, con bajo impacto ambiental, generando empleo y divisas.
7.- Reforma al Código Orgánico, Monetario y Financiero Libro I. Se prevé la disposición para que las Instituciones del Sistema Financiero Nacional, puedan generar procesos simplificados para que los actores del sector turístico puedan cumplir con sus obligaciones de manera tal, que no se pierdan plazas de trabajo, que se mantengan abiertos y activos los negocios, que no se lleguen a procesos de disolución y cierre que generan gastos adicionales a la carencia de recursos.
8.- Reformas a la Ley de Aviación Civil. El recargo del 5% sobre el valor de los combustibles y lubricantes de aviación se reducirá de manera progresiva en un punto porcentual al año, medida que contribuirá a abaratar los costos de los pasajes aéreos al usuario final.
Fuente: La Hora
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