
El artículo 123 del Código de la Democracia dispone varias normas que los electores están obligados a cumplir, entre ellas la “Ley seca” que restringe el consumo y venta de bebidas alcohólicas.
La prohibición arrancará al mediodía del viernes 11 de abril de 2025 y finalizará al mediodía del lunes 10 de abril.
El 13 de abril de 2025, 13.736.314 ecuatorianos están habilitados para sufragar y pronunciarse para elegir presidente de la República para el periodo 2025-2029, entre los candidatos Daniel Noboa (ADN) y Luisa González (Revolución Ciudadana).
¿Cuándo inicia la Ley Seca?
El artículo 123 del Código de la Democracia dispone varias normas que los electores están obligados a cumplir, entre ellas la denominada “Ley seca” que restringe el consumo y venta de bebidas alcohólicas.
“Durante el día de las elecciones, 36 horas antes y 12 después, no se permitirá la venta, distribución o el consumo de bebidas alcohólicas”, señala el artículo de la ley.
Es decir, la prohibición arrancará al mediodía del 11 de abril y finalizará al mediodía del lunes 14 de abril
Multas por infringir la Ley Seca, no votar o retirarse de la Junta Receptora del Voto
- La Ley seca y su incumplimiento conlleva una multa de 230 dólares.
- Por no sufragar la multa es de 47 dólares
- Por no haber recibido la capacitación como integrante de la Juntas Receptoras del Voto (JRV) 47 dólares.
- Por no integrar la JRV, la multa es de 70,45 dólares.
- El abandono de la JRV, conlleva multa entre 5.170 a 9.400 dólares.
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